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Seguro de transportes de mercancías

El seguro de transportes de mercancías está destinado a dar cobertura a los posibles daños materiales que sufran las mismas con ocasión de su transporte, siempre y cuando vayan adecuadamente envasadas o embaladas según su naturaleza. Según el medio en el que se vayan a transportar las mercancías, se aplicarán las garantías propias de las pólizas para transportes terrestres, marítimos o aéreos o combinación de ambos.

No se debe confundir el seguro de daños a la mercancía transportada con un seguro de responsabilidad del transportista. Cuando se pierde una mercancía transportada el valor a indemnizar no es el mismo en el lugar de origen que el que tendría en el destino.

Coberturas básicas: quedan garantizados los daños ocasionados a la mercancía transportada, a consecuencia de:
• Incendio, rayo o explosión, cualquiera que sea su origen, excepto la combustión espontánea.
• Accidente del medio de transporte, gastos de salvamento.

Coberturas opcionales:
• Se aseguran los daños materiales sufridos por las mercancías debidos a los malos tratos durante las operaciones de carga y/o descarga.
• Robo de mercancía.
• Roturas ocasionadas durante el transporte.
• Sustracciones parciales de contenido con rotura o perforación de envases.

Seguro marítimo:
• Se aseguran los riesgos de incendio o explosión, varada o embarrancada.
• Hundimiento o naufragio del buque o embarcación.
• Vuelco o descarrilamiento del vehículo de transporte terrestre.
• Colisión o contacto del buque, embarcación o vehículo con cualquier objeto externo distinto del agua.
• Descarga de la mercancía en un puerto de refugio.
• Pérdida o daño al objeto asegurado causado por sacrificio de avería gruesa y echazón.
• Cláusula del Instituto para Mercancías o Cargamentos (I.C.C.A.). Todo riesgo de pérdida o daño que sufra la mercancía asegurada, excepto lo dispuesto en riesgos excluidos.
• Avería gruesa y gastos de salvamento.

Seguro aéreo: se aseguran todos los riesgos, exceptuando los que estén expresamente excluidos, que a modo de ejemplo destacamos los siguientes:
• Conducta dolosa del asegurado, derrames usuales, pérdidas naturales de peso o volumen, desgastes usuales.
• Embalaje insuficiente o inapropiado, vicio propio.
• Gastos causados por demora, aeronave no idónea.

Formas de aseguramiento:
– Póliza a prima fija. Apropiada para los propietarios de camiones, porque la prima se establece por una anualidad, en función del capital máximo asegurado por vehículo.
– Póliza flotante. Para atender las necesidades de los propietarios de mercancías, esta póliza obliga al asegurado a dar comunicación de cada uno de los viajes realizados, estableciéndose una tasa para cada uno de ellos en función de la mercancía asegurada.
– Póliza flotante fija. Similar a la anterior, se diferencia por la obligación que implica al asegurado de comunicar el volumen anual previsto de mercancías transportadas. En función de este volumen se atribuye una tasa anual, que se regulariza si ese volumen estimado es mayor o menor al previsto. Esta modalidad es más adecuada para aquellos clientes con viajes muy frecuentes que quieran evitarse la incomodidad de dar comunicaciones diarias.
– Póliza temporal. Para dar cobertura a un viaje eventual.

Quién puede contratar un seguro de transporte:
• Cualquier persona física o jurídica que tenga interés en la mercancía.
• Grandes industrias, fabricantes, importadores, exportadores, mayoristas, minoristas.
• Intermediarios, personas individuales.

En España no hay ninguna ley que obligue a tener aseguradas las mercancías, sin embargo, la responsabilidad del transportista frente a su cliente viene legalmente determinada en la Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías y en el ámbito internacional, según lo dispuesto en la Convention Merchandise Routier (CMR).

El seguro de transportes también permite dar cobertura a las mercancías expuestas durante la celebración de ferias o muestras, mientras duren las mismas, siempre y cuando se cumplan una serie de medidas de seguridad acordes con el valor de las mercancías y que se haya asegurado todo el transporte desde su origen a su destino.

Las obras de arte necesitan especialistas para su transporte y para asegurarlas existe una modalidad de seguro denominada “clavo a clavo”, por la cual se cubren todos los riesgos que pudiera sufrir dicha obra desde que se “descuelga el cuadro” en su lugar de origen hasta “que vuelve a ser colgado” en el lugar del que salió una vez finalizada la exposición. Mientras dura la estancia, generalmente, los riesgos cubiertos se refieren a incendio, robo y actos vandálicos.